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Régimen viola Constitución y Código Penal al “congelar” los juicios políticos

Ortega retrasa los procesos para convertir a los presos políticos en “fichas de cambio” ante una posible negociación, según analistas jurídicos

Decenas de reos políticos han sido condenados por la justicia orteguista desde enero

Redacción Confidencial

30 de octubre 2021

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La estrategia del régimen de congelar los procesos judiciales de una treintena de presos políticos, busca que estos funcionen como “fichas de cambio políticas” para una eventual negociación que trate de legitimar la “farsa electoral” de este 7 de noviembre, explicaron a  CONFIDENCIAL analistas políticos y jurídicos.

Posponer de forma indefinida estos juicios políticos, bajo el argumento de un supuesto “exceso de carga laboral”, violenta el principio constitucional de la celeridad del proceso judicial al que todos los nicaragüenses tienen derecho, además de los artículos 134 y 135 del Código Procesal Penal, y el 40 de la Ley 735 o de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados.


De los 39 presos políticos que el régimen ha capturado en el contexto del proceso electoral, 35 ya son procesados por los presuntos delitos de “conspiración” y “lavado de dinero”; causas que son de tramitación compleja, según el artículo 135 del Código Procesal Penal. Esto implica que los juicios podrían durar hasta 12 meses, contados a partir de la primera audiencia que, en la mayoría de los casos, fue realizada en la primera semana de septiembre, cuando algunos de los reos cumplieron 90 días de arresto.

“En este momento a ellos (Gobierno) les conviene alargar esos juicios, para seguir teniendo a los reos políticos como rehenes el tiempo necesario para que puedan ser usados como fichas, en una eventual negociación, a cambio de lograr legitimidad y reconocimiento a la otra gran mentira: la farsa electoral”, opina un analista político que pidió no ser identificado para evitar represalias de la dictadura.

“En el momento en que ya no les interese, pues ya darán instrucciones a sus leguleyos para que encuentren la manera de interpretar la ley para absorberlos y liberarlos”, añade. 

Operadores del orteguismo y analistas políticos han mencionado que luego de perpetuarse en el poder, por medio de las votaciones “amañadas” del 7 de noviembre, el orteguismo posiblemente buscará un diálogo, manejado por ellos, para restablecer las condiciones de control político, social y económicos en Nicaragua, que el régimen tenía antes del estallido social en la Rebelión de Abril de 2018.

“Todo lo que se ha hecho en contra de los (opositores) encarcelados es ilegal y tiene motivaciones políticas. Se ha construido una falsa legalidad y se aplican las normas procesales a conveniencia, violando de manera flagrante principios fundamentales del proceso penal. Todo es una farsa, orquestada por los dictadores y ejecutada por los magistrados y jueces de un corrupto Poder Judicial. Las leyes se violan e interpretan a gusto y antojo del ‘comandante presidente’ y la compañera Rosario”, comenta.

Congelan inicio del cómputo de días de los juicios

Un analista jurídico, que también pidió que resguardar su identidad, explica que los jueces no solo bloquean el proceso, sino que además congelan el avance del plazo del tiempo establecido por el Código Procesal Penal para la tramitación de estos juicios.  

“Lo que están haciendo no es solo darle el estatus de tramitación compleja para llevarlos hasta los doce meses, sino que este mismo plazo lo dejan en suspenso y corren el inicio del cómputo de días, para tener más tiempo detenida a la persona sin celebrarle juicio”, subraya.

“A los presos políticos les está lloviendo sobre mojado con eso. Esto violenta principios constitucionales sobre lo referido al debido proceso en lo que respecta a la celeridad procesal, para tener una resolución en el menor tiempo posible”, agrega.

El artículo 166 de la Constitución Política estipula preservar la celeridad de los procesos judiciales, así como una debida defensa para el procesado.

El artículo 134 del Código Procesal Penal establece que, “en todo juicio por delitos en el cual exista acusado preso por la presunta comisión de un delito grave, se deberá pronunciar veredicto o sentencia en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de la primera audiencia. Si no hay reo detenido, este plazo se elevará a seis meses. Cuando se trate de delitos menos graves, estos plazos serán de uno y dos meses, respectivamente. En los juicios por faltas deberá recaer resolución en un plazo máximo de diez días”.

Este mismo artículo establece además como razones para interrumpir el cómputo del plazo, las demoras atribuibles a la defensa del procesado o por casos fortuitos o de fuerza mayor. No se me menciona la “sobrecarga laboral” como un motivo.

“Si transcurridos los plazos señalados para el proceso penal con acusado detenido, no ha recaído veredicto o sentencia, el juez ordenará la inmediata libertad del acusado y la continuación del proceso”, añade el artículo 134.

“Los jueces lo que están haciendo es radicar los casos y luego dicen que por tener demasiada carga laboral, van a notificar la fecha de juicio por un auto, que es una resolución y que se suspenden los plazos por fuerza mayor. Eso quiere decir que los plazos no corren. Y el juicio se alarga, sin que venza el plazo máximo de duración del proceso”, explica el analista jurídico.

“El juez puede emitir dichos autos o resoluciones de forma totalmente discrecional.  Si el juez dice que el juicio es mañana, pues hay que ir mañana, pero si el juez dice mi agenda está cargada en enero, pues lo hago en febrero, por dar un ejemplo”, señala.

Uso político de la tramitación compleja

La tramitación compleja de un proceso está establecida en el artículo 135 del Código Procesal Penal y se refiere a causas relacionadas con actividades terroristas, tráfico internacional de drogas, delitos bancarios, legitimación de capitales y tráfico de órganos o personas. En el caso de los juicios políticos, el régimen ha apostado a las acusaciones de terrorismo, delitos bancarios y legitimación de capitales para encarcelar a muchos de sus opositores.

CONFIDENCIAL reportó que las causas en contra de los presos políticos: Juan Sebastián Chamorro, Félix Maradiaga, Arturo Cruz, José Adán Aguerri, Violeta Granera, José Pallais y Tamara Dávila, se encuentran radicadas en el Juzgado Quinto Distrito Penal de Juicios de Managua, pero el cómputo del plazo máximo del juicio se encuentra interrumpido.

Asimismo, en el Juzgado Noveno Distrito Penal de Juicios de Managua está suspendido el plazo para la celebración del juicio en contra de los presos políticos: Cristiana Chamorro Barrios, Walter Gómez, Marcos Fletes, Pedro Vásquez y Pedro Joaquín Chamorro Barrios.

“Incluso el juez puede determinar una fecha, pero un día antes de esa fecha, se da cuenta, por ejemplo, que se quebró una uña o de nuevo tiene sobrecargada su agenda y te lo vuelve a reprogramar y vuelve a interrumpir el plazo.  De tal forma que el plazo no corre. Se mantiene suspendido”, apuntó el analista.

El artículo 135 establece que “el plazo ordinario de las medidas cautelares se podrá extender hasta un máximo de doce meses y, una vez recaída sentencia condenatoria, hasta un máximo de seis meses. La resolución que disponga que el asunto es de tramitación compleja deberá ser adoptada a más tardar en la Audiencia Inicial y será apelable por el acusado. La declaración de complejidad de la causa podrá ser revocada en cualquier momento, de oficio o a petición de parte”.

El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), una organización que ha sido suspendida y perseguida por el régimen, se pronunció sobre el congelamiento de estos procesos por medio de su cuenta en Twitter.

“El Cenidh denuncia que todos los Juzgados que están procesando de forma injusta a los 39 reos políticos (detenidos de mayo a la fecha) han suspendido los términos de juicio, o sea, no programan fecha de juicio oral y público supuestamente por ‘fuerzas mayores’ que no fundamentan. Está práctica del régimen Ortega Murillo es una medida perversa, lo que pretenden es tenerlos presos de manera indefinida, prácticamente están anticipando lo que podría ser una prisión perpetua”, denunció el organismo defensor de los derechos humanos. 


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Confidencial es un diario digital nicaragüense, de formato multimedia, fundado por Carlos F. Chamorro en junio de 1996. Inició como un semanario impreso y hoy es un medio de referencia regional con información, análisis, entrevistas, perfiles, reportajes e investigaciones sobre Nicaragua, informando desde el exilio por la persecución política de la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo.

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