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Comisión de OEA: Régimen de Nicaragua “altera orden democrático”

Recomienda convocar “inmediatamente” a un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para examinar esta cuestión”.

La Comisión de Alto Nivel de la OEA concluyó que en Nicaragua hay una “alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático”

19 de noviembre 2019

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La Comisión de Alto Nivel de la Organización de Estados Americanos (OEA) concluyó que en Nicaragua hay una “alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático”, por lo que recomendó al Consejo Permanente del organismo a que “convoque inmediatamente un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para examinar” el tema.

“A partir del análisis de los trabajos realizados por la Comisión, de los testimonios recabados, de los insumos proporcionados por los diferentes actores en el proceso nicaragüense y de los informes de la CIDH queda en claro que Nicaragua vive una crítica situación en materia de derechos humanos que requiere la urgente atención de la comunidad interamericana e internacional en su conjunto”, detalla la primera conclusión del informe.


Subraya que la Comisión “entiende que los mecanismos de control y subordinación” que el Gobierno de Nicaragua ha impuesto en los poderes Legislativo, Judicial y Electoral, lo que hace “inviable el funcionamiento democrático del país, transformándolo en un Estado cooptado e incompatible con el Estado de derecho”.

Discusión el lunes

Esta Comisión tenía el pasado 11 de noviembre como plazo para entregar su informe, pero no se hizo por razones externas: la renuncia y salida del presidente boliviano Evo Morales, copo la agenda del organismo. Se espera que el Consejo Permanente discuta el documento el próximo lunes.

El secretario general de la OEA, Luis Almagro, publicó en Twitter: “Apoyamos las conclusiones y recomendaciones del informe de la Comisión de alto nivel de la OEA, sobre Nicaragua”.

El régimen desconoció la creación de esta Comisión —integrada por representante de Paraguay, Jamaica, Estados Unidos, Canadá y Argentina— y prohibió la entrada a Nicaragua de los miembros de la misma. Los diplomáticos se vieron obligados a reunirse en El Salvador y EE. UU., con familiares de los asesinados por la masacre orteguista, excarcelados políticos, organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil.

Basados en esos encuentros, la Comisión concluyó que la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo “ha mostrado un patrón continuo de esfuerzos encaminados a coartar los derechos de sus ciudadanos, por ejemplo: hostigamiento e intimidación constantes, restricciones a los derechos políticos, a libertad de prensa, a libertad de expresión, al derecho a la libertad personal y el trato humano”.

Gestiones diplomáticas

La recomendación de llamar a una sesión extraordinaria de la Asamblea General del organismo —en la que participarían los cancilleres de todos los países— está basada en el artículo 20 de la Carta democrática Interamericana de la OEA, que se activó este año para tratar la crisis nicaragüense.

El artículo establece que la Asamblea adoptará “las decisiones que estime apropiadas, incluyendo gestiones diplomáticas, conforme a la Carta de la Organización, el derecho internacional y las disposiciones de la presente Carta Democrática”.

“Durante el proceso se realizarán las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática”, añade el referido artículo.

Expertos indicaron que la realización de esta Asamblea no asegura que la OEA, le aplicaría el artículo 21 de la Carta Democrática al régimen. Este establece la suspensión del país del organismo, al comprobar que “se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas”.

Para la suspensión se necesitan los votos de 24 países, de los 34 que tiene la OEA, cantidad que todavía no existe, según fuentes diplomáticas. Las votaciones contra el régimen nicaragüense nunca han superado la barrera de los 22 votos, por lo que consideran remoto y poco probable que las naciones opositoras y Almagro se aventuren a una votación, lo que los llevará a insistir en las “gestiones diplomáticas”.

Regreso de organizaciones

La Comisión recomendó también el regreso a Nicaragua de las organizaciones defensoras de derechos humanos, que han sido expulsadas por la dictadura. Se refirieron particularmente al Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (Meseni) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh).

exiliados en Panamá

La coordinadora del Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (Meseni), Ana María Tello (c), junto al representante de la CIDH, Alexandro Álvarez (i), hablan con la prensa, en Managua. EFE | Confidencial

El informe añade que “resulta imperativo generar en el país las condiciones que garanticen el cese de las violaciones a los derechos humanos, cerciorándose de que no se repitan y brindando justicia y reparación a las víctimas. Sin ello resultará imposible devolver la paz y la estabilidad que el país y los nicaragüenses merecen”.

Para frenar lo anterior, los diplomáticos aconsejaron: el fin de la represión; la restauración de los derechos humanos, incluida la libertad de expresión, la libertad de reunión y libertad de prensa; y un sincero esfuerzo por todas las partes para volver a la mesa de diálogo.

Reforma electoral

La Comisión destacó que “para el restablecimiento del sistema democrático en el país resultan imprescindibles y urgentes las necesarias reformas institucionales, comenzando por una reforma integral del sistema electoral que permita la celebración de elecciones justas, libres y transparentes en el país, con ajuste a los estándares interamericanos”,

Recordaron el acuerdo firmado en 2017, entre el Gobierno de Nicaragua y la OEA, cuya finalidad era iniciar un proceso de reforma electoral. “La Comisión opina que debe darse prioridad a la aplicación de este acuerdo y que deben hacerse esfuerzos para explorar medidas que garanticen la independencia de las autoridades electorales, que permitan la observación electoral internacional y que garanticen el registro libre y transparente de partidos políticos”.


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