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Ley 779 lleva tres reformas, y cada una la aleja más de combatir violencia machista

Cadena perpetua, "¿para quién?"; el femicidio reducido a "un asunto de parejas", y la imposición de la "mediación", han desvirtuado objetivo de Ley 779

Solo el 43% de los feminicidas de 2020 están siendo procesados por el sistema de justicia de Nicaragua. Mayo

Cinthya Torrez

30 de enero 2021

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Durante nueve años de existencia, la "Ley integral contra la violencia hacia las mujeres" o Ley 779, ha tenido tres reformas sustanciales que, contrario a su espíritu enunciado, la alejan de cumplir su propósito: proteger a las mujeres y garantizar una vida sin violencia. Como muestra, en 2020 fueron asesinadas 71 mujeres, víctimas de la violencia machista. Ocho más que en 2019, y 10 más que en 2018.

La última de las reformas a la Ley 779 fue aprobada el pasado 20 de enero. La Asamblea Nacional, dominada por el orteguismo, avaló castigar con cadena perpetua los delitos de asesinato agravado, parricidio y femicidio. Sin embargo, opositores, abogados y defensores de derechos humanos y de las mujeres, han considerado la ley como el tercer componente de un tridente de leyes, que el Gobierno utilizaría en contra de la oposición.


Además, colectivos feministas sostiene que al régimen no le preocupa realmente la violencia machista, y citan como argumento que no han servido las reformas anteriores, mientras el Gobierno, además, continúa liberando a agresores que no han cumplido su condena.

Enlistamos las tres principales reformas a la Ley 779, desde que entró en vigencia, el 22 de junio de 2012:

2020: Cadena perpetua, ¿para quién?

Los diputados modificaron la Ley 779, bajo la excusa de castigar con “cadena perpetua” a los agresores. Los femicidas, según la reforma, pagarían su pena con prisión perpetua --y no el máximo de 30 años, que antes era la pena máxima--, cuando haya saña, por misoginia, y si comete el hecho en presencia de los hijos de la víctima.

Sin embargo, Juanita Jiménez, miembro del Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM), una de las organizaciones que promovió la aprobación de la ley en 2012, considera que esa es la excusa, pero la realidad el régimen busca criminalizar a las voces disidentes, y por eso rechazan la reforma.

Contar con cadena perpetua “no resuelve el problema”, y más bien, detrás de esa “manipulación que ha habido, de querer aparentar que hay un compromiso por los derechos de las mujeres, el discurso oficial ha sido en contra de lo que se considera oposición”, expresó Jiménez.

Explica que este tipo de ley en un país, donde prevalece un régimen que no respeta ni la Constitución, ni los derechos de la ciudadanía, y restringe libertades y criminaliza la protesta social y los derechos civiles y políticos, "es evidente que esta ley va a ser utilizada como están utilizando otros delitos (...)", indicó.

2014: El femicidio es "asunto de parejas"

Cuando fue aprobada, la Ley 779 reconocía el delito de femicidio, “en el marco de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres" y calificaba de femicidas a quien "diere muerte a una mujer, ya sea en el ámbito público o privado”, pero pronto, hubo cambios.

Daniel Ortega aprobó dos decretos presidenciales: 42-2014 y 43-2014, publicados el 31 de julio de ese año en el diario oficial La Gaceta. El delito de femicidio, entonces, se limitó a las relaciones de pareja, dejando por fuera los otros casos, del ámbito público. La reforma provocó el rechazo de defensoras de derechos de las mujeres, que cuestionaron la medida, señalando al Estado de invisibilizar la violencia machista.

El cambio tuvo su impacto en las cifras oficiales. Durante nueve años la Policía Nacional ha publicado menos datos de femicidios, en comparación con Católicas por el Derecho a Decidir, una organización de sociedad civil, que se ha encargado de contar cada vida que cobra el machismo y la misoginia. La razón: el Gobierno no cuenta como femicidios los asesinatos de mujeres a cargo de personas que no sean sus parejas vigentes.

En noviembre de 2020, la Policía reportó 11 femicidios, y Católicas por el Derecho a Decidir contabilizó 69 mujeres asesinadas, es decir, 58 mujeres asesinadas no figuran en las cifras del Estado nicaragüense.

“Para nosotras, la Ley 779 está completamente desmantelada, no se ha respetado el objeto de la Ley, y con esta reforma de cadena perpetua no es garantía de acceso a la justicia”, señala la responsable del enlace nacional de la Red de Mujeres contra la Violencia, que solicitó no se mencione su nombre, porque es objeto de persecución política y tema mayores represalias.

Mediante los decretos presidenciales también se crearon las Consejerías de Familia, que funcionarían como el primer eslabón en la cadena de atención a los casos de violencia. El trabajo sería coordinado con el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez.

Sin embargo, para Juanita Jiménez, la ley “perdió la fuerza original que tenía”, pues cambiaron todo el sistema de atención y el Estado no se hizo responsable de la prevención, la atención y de todas las políticas que mandataba la ley, reclama.

2013: Imposición de la mediación con victimarios

En el artículo 46 del texto original de la Ley se leía: “No procederá la mediación en los delitos señalados en la presente Ley”. No había excepción. Las defensoras de derechos de las mujeres, celebraron que las víctimas no serían expuestas ante sus agresores. Sin embargo, el 25 de septiembre de 2013, la Asamblea Nacional decidió modificarla.

La Ley 845 abrió la puerta a la mediación para los delitos, cuyas penas no sean mayores a cinco años de prisión. En Nicaragua se puede mediar en los casos de nueve delitos que la ley considera “menos graves”, entre estos: violencia física si se provocan lesiones leves; violencia psicológica si se provoca daño a su integridad psíquica que requiera tratamiento psicoterapéutico; intimidación o amenaza contra la mujer; violencia laboral; violencia en el ejercicio de la función pública contra la mujer, entre otros.

Esta fue la primera estocada que recibió la Ley de un Estado, que según defensoras de derechos de las mujeres, las ha dejado desprotegidas.


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