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CENIDH recurre por inconstitucional Ley de Seguridad de Ortega

Para el CENIDH la ley de seguridad soberana “busca callar” las voces críticas contra el gobierno de Ortega

Mauro Ampié, director ejecutivo del CENIDH, en las afueras de la sede de la Corte Suprema. Carlos Herrera/Confidencial.

11 de febrero 2016

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El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) presentó este jueves ante el Poder Judicial un recurso por inconstitucionalidad contra la ley de ‘Seguridad Soberana de la República de Nicaragua’, ya que considera que “busca callar” las voces críticas contra el gobierno del comandante Daniel Ortega, viola principios constitucionales y los derechos humanos.

La normativa fue aprobada en diciembre de 2015 y establece un sistema nacional de coordinación militar que integra a todas las instituciones estatales para “investigar amenazas y riesgo a la seguridad soberana” del país.


“Esta ley roza con derechos constitucionales establecidos, como son el pluralismo político, al crear una estructura que es propicia para el espionaje político y coartar libertades básicas, como son el derecho a la manifestación, libertad de reunión, de petición y libertad de expresión”, aseguró Mauro Ampié, director ejecutivo del CENIDH tras entregar el recurso en la sede de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en Managua,

Según Ampié, la normativa número 919 “representa un golpe para la democracia y los derechos humanos”.

El CENIDH señaló en su recurso por inconstitucionalidad que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su informe sobre Seguridad Ciudadana, sostiene que la expresión seguridad ciudadana surgió, fundamentalmente, como un concepto en América Latina en el curso de las transiciones a la democracia, como medio para diferenciar la naturaleza de la seguridad en democracia frente a la seguridad en los regímenes autoritarios.

A diferencia de la seguridad ciudadana, la seguridad nacional, “implica que el objeto de la seguridad es la nación”, por lo tanto está relacionada con la defensa externa del territorio, la soberanía, la independencia, se lee en la argumentación legal.

“El termino soberano se contrapone a otros términos acuñados como el de seguridad ciudadana y seguridad democrática”, dijo Ampié.

Gonzalo Carrión, director jurídico del CENIDH, afirmó que la ley de Seguridad Soberana trae al “presente viejos tiempos que se creían superados”. Es decir, conceptos usados a mediados del siglo XX en Latinoamérica por regímenes autoritarios y dictaduras militares con el fin de “contener los movimientos políticos y todo lo que era oposición”.

“Es una ley en pleno Siglo XXI con otro lenguaje, pero siempre dirigido a controlar. Antes dictadura militares, hoy, en el lenguaje de ellos, gobiernos revolucionarios pero que hacen lo mismo; con el disfraz y con la misma finalidad de reprimir al máximo las voces de oposición”, lamentó el jurista.

Carrión recordó que el gobierno de Ortega ya puso en práctica el término de Seguridad Soberana con los cubanos varados en la frontera entre Nicaragua y Costa Rica. “Argumentaron que atentaban contra la seguridad soberana, entonces a cualquier cosa que ellos consideren que altere el orden, se lo aplican”, dijo.

Pero para el director jurídico del CENIDH la variante más grave es que implica a militares que no tienen ninguna función en la prevención de delitos, una tares que le corresponde a la Policía Nacional.

Los magistrados del Poder Judicial tendrán 60 días para responder a este recurso por inconstitucionalidad.


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Wilfredo Miranda Aburto

Periodista. Destaca en cobertura a violaciones de derechos humanos: desplazamiento forzado, tráfico ilegal en territorios indígenas, medio ambiente, conflictos mineros y ejecuciones extrajudiciales. Premio Iberoamericano Rey de España 2018.

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