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Acusaciones de "terrorismo" son inconstitucionales y antojadizas

Presentan recurso por inconstitucionalidad parcial contra Ley de Financiamiento al Terrorismo. "¿Quién califica a un grupo de terrorista?", cuestionan

El Caucus Progresista del Congreso de Estados Unidos condenó la violencia y las violaciones a los derechos humanos del régimen de Daniel Ortega.

Iván Olivares

13 de septiembre 2018

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El Observatorio Protransparencia y AntiCorrupción presentó un Recurso por Inconstitucionalidad parcial contra la Ley 977, Ley de Financiamiento al Terrorismo, por considerar que la misma violenta varios de los derechos fundamentales de los ciudadanos nicaragüenses.

En julio pasado, la Asamblea Nacional aprobó la denominada ‘Ley Contra el Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva’, que impone hasta 15 y 20 años de cárcel, a aquella persona que a juicio del poder, sea un terrorista.


En la práctica, lo que esa ley hace –en especial en su artículo 44– es reformar los artículos 394 y 395 del Código Penal, modificando la definición de terrorismo, y de financiamiento al terrorismo.

Según el recurso presentado este lunes ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la nueva redacción de esos artículos es violatoria de la Constitución Política de Nicaragua, porque contraviene los artículos 52, 53 y 54 de la Carta Magna.

Esos artículos establecen el derecho de los nicaragüenses a hacer peticiones, a denunciar anomalías, y a hacer críticas en forma individual o colectiva a los poderes del Estado o a cualquier autoridad. Además, se anula el derecho de reunión pacífica, el de concentración, manifestación y movilización pública.

Novoa

El exprocurador Alberto Novoa, en el programa Esta Noche, con Carlos F. Chamorro. Carlos Herrera | Confidencial

El abogado Alberto Novoa, experto en derecho penal y exprocurador de la República, fue uno de los que presentó el recurso, considerando que la Ley 977 “también viola el artículo 25, inciso 3 de nuestra Constitución, que habla del derecho a la seguridad”.

“Como ciudadano, tengo derecho a mi seguridad jurídica, física, etc., y aquí me está cortando el derecho a la seguridad. También está violando el artículo 27 de la Constitución, que dice que todos somos iguales ante la Ley, porque ese artículo está creando ciudadanos de diferente categoría”, señaló.

Novoa mostró cuán importante es proteger el derecho de petición, siendo que a partir de ese derecho, la gente le puede pedir al presidente de la República que renuncie, y eso no es un golpe de Estado, ni es un acto terrorista. “Es más, el presidente debe responderle a la gente que se lo pide”, sentenció.

Todos terroristas

Los diputados orteguistas aprobaron una ley hecha tan a la medida de las ambiciones de la pareja presidencial, que cualquiera puede ser tildado de terrorista. Hasta la anciana que regaló sus bolsas de agua a los participantes en el Diálogo Nacional.

En efecto, el nuevo texto legal considera que comete un acto de terrorismo el ciudadano que recolecte, capte, canalice o transfiera fondos que vayan a ser utilizados para ese tipo de actividades… terroristas, aún si los recursos en cuestión, nunca llegaran a usarse para efectuar una actividad que el poder considere ‘terrorista’.

“Dice ‘el que pertenezca a un grupo terrorista’… ¿y quién califica a un grupo de terrorista? No hay un patrón universal que diga qué grupo es terrorista. Se pueden calificar por medio de sus acciones, pero no hay alguien que diga ‘este es terrorista’. Tal vez Naciones Unidas pueda tener alguna clasificación”, especuló el abogado.

Siendo una definición tan amplia y exhaustiva “hasta la iglesia Católica cabría dentro de esa definición, porque la gente llegaba a dejar alimentos, agua, gasas y otros materiales de primeros auxilios a la catedral de Managua: ¡hasta esos absurdos llega este tipo penal!”, exclamó.

Siempre según este concepto, “hasta doña Coquito, la señora que les regaló bolsas de agua, estaba financiando al terrorismo”, amplió.

Novoa también alertó contra el error de tipificar un delito de forma tan amplia, porque se presta a muchas interpretaciones.

“La palabra ‘terrorismo’, o el concepto penal ‘terrorista’, habla de daños, pero a alguien le pueden hacer daño de palabra, dañar su imagen, causarle daño físico o económico. Es tan amplio, que le deja al juzgador la discrecionalidad para interpretar a su manera”, advirtió.

Rebelde, no terrorista

El exprocurador también corrigió al legislador porque cuando la 977 habla de alterar el orden constitucional, o de obligar a un gobierno a hacer algo, o abstenerse de hacerlo, “eso se llama delito de rebelión, no de terrorismo, y la rebelión está contemplada en nuestra legislación desde el Siglo XIX”, detalló.

Cuando alguien se rebela para derrocar a un gobierno y cae detenido, se convierte en un “reo político, porque pidió el derrocamiento del gobierno, pero no es terrorista, porque sus acciones no alteraron el orden público, no crearon zozobra en la población, ni alteraron la siquis individual y social de las personas”, argumentó.

Sumando todas esas consideraciones, opina que “los docentes universitarios en Nicaragua están en la obligación -tanto el que da Constitucional, como el que da Derecho Penal- de explicarle a sus alumnos cuál es la situación jurídica en este caso”.

“Esta ley penal viola la Constitución Política de Nicaragua. Viola derechos y garantías establecidos en nuestra Constitución. En otra situación, en un Estado democrático y de Derecho, inmediatamente esa ley hubiera sido declarada inconstitucional”.

En referencia a las facultades draconianas que se le otorgan a la UAF, a la Procuraduría y al Estado para congelar fondos de empresas, fundaciones y organizaciones no gubernamentales, simplemente declarándolas terroristas, Novoa dijo que eso “viola el principio de presunción de inocencia”.

“Este principio dice que el Estado no me puede calificar de delincuente. Tiene que presumir que soy inocente. ¿Cómo vas a tratar a un inocente con la cárcel, o con el congelamiento de sus cuentas? ¡Es absurdo! Esta ley viola ese principio”, insistió.

Pesimismo optimista

El exprocurador Alberto Novoa dijo que si bien introdujo el recurso por inconstitucionalidad, no tiene muchas esperanzas de que los magistrados vayan a fallarlo. ¡Y menos que vayan a fallarlo a su favor!

“Yo no estoy muy motivado que vayan a fallar a favor del recurso, porque esto es una voluntad política del poder… la mayoría, casi la totalidad [de los magistrados], se le cuadra (se subordina) al poder, y ahí hay una sola voluntad política: esto pasa, y tiene que pasar”, confesó.

A mí me han preguntado: ‘si usted no cree en eso, ¿para qué fue a meter ese recurso?’ Yo le dije: bueno, por precedente, y porque con esto vamos a agotar la vía interna, para en el futuro poder hacer nuestra petición a otros niveles, esperando que algún día esta situación cambie”, explicó.

Que se cumpla ese deseo, depende de que haya “un cambio social, un nuevo pacto político, un nuevo pacto social. Tiene que haber necesariamente. Bajo estas condiciones, no puede haber esas transformaciones. No hay cómo. No se puede esperar”, remató.

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Iván Olivares

Iván Olivares

Periodista nicaragüense, exiliado en Costa Rica. Durante más de veinte años se ha desempeñado en CONFIDENCIAL como periodista de Economía. Antes trabajó en el semanario La Crónica, el diario La Prensa y El Nuevo Diario. Además, ha publicado en el Diario de Hoy, de El Salvador. Ha ganado en dos ocasiones el Premio a la Excelencia en Periodismo Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, en Nicaragua.

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