SEMANARIO DE INFORMACION Y ANALISIS POLITICO • AÑO 8• EDICION No. 377• DEL 22 AL 28 DE FEBRERO 2004
ECONOMIA

Inversiones en Bonos
Se expandirá mercado
de capitales

• BCIE inyecta recursos; Más de 160 mil usuarios con una mora es insignificante; Micros podrían captar recursos del público

Iván Olivares

La aprobación de una ley de capitales en Nicaragua ofrecerá un marco legal para el desarrollo de un mercado de bonos, títulos y acciones que permita a los inversionistas contar con una alternativa confiable ara invertir su dinero, a la vez que ofrece a los empresarios una fuente de recursos más baratos y abundantes que los que puede ofrecerle la banca tradicional.

Aunque en el país ya opera una incipiente industria de títulos valores, la casi totalidad de sus transacciones se realiza con papeles emitidos por el Estado, lo que limita su desarrollo, a la vez que un mercado amplio —y seguro— es requisito indispensable para que pueda asentarse el negocio de administración de fondos de pensiones.

La ley —que está en discusión en la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional— sustituirá al limitado reglamento de bolsas de valores, que es muy básico y en general sólo contiene los requisitos para constituir una sociedad de bolsa, los puestos de bolsa, los agentes de bolsa y la capacidad de la superintendencia.

Juan José Rodríguez, asesor legal del BCN, explicó que para desarrollar un mercado de capitales se requiere otra clase de marco legal que permita realizar una serie de actividades y operaciones que no es posible emprender con el mínimo marco legal que existe en este momento.

¿Por qué es importante desarrollar un mercado de capitales en el país?

Un mercado de capitales no es más que un mercado de dinero donde por un lado los inversionistas pueden invertir, y por el otro, los empresarios y los factores económicos pueden financiar sus proyectos.

Si en este momento uno quiere desarrollar o ampliar un negocio, sólo tiene dos fuentes: sus propios recursos o el financiamiento bancario y éste último no es lo más idóneo para financiar negocios nuevos, además que los banqueros deben ser muy conservadores porque ellos trabajan con dinero del público.

El financiamiento bancario es difícil, es caro, es complicado de obtener, se requieren garantías; por otro lado, muchas veces el empresario nacional o extranjero no quiere arriesgar sus propios fondos, y prefiere -aunque sea sólo en parte- conseguir financiamiento en el país donde va a invertir.

El mercado de capitales permite eso mediante la emisión de títulos, bonos, y otros instrumentos de deuda, pero también ofrece alternativas a quien quiere colocar su dinero. Hay que recordar que ese mercado produce un mayor retorno de la inversión que si lo deposita en un banco en una cuenta de ahorro.

Para que se desarrolle ese mercado, debe existir la posibilidad de que los pequeños empresarios y los pequeños inversionistas puedan acceder a él, lo que en la actualidad es imposible porque si alguien quiere emitir acciones y colocarlas en la bolsa, resulta que no es muy atractivo para un inversionista comprar esas acciones porque no sabe si la empresa va a tener éxito o no, y eso representa un riesgo muy alto.

Bajar el riesgo

¿Y qué es lo que cambiaría con la ley?

La ley crea instrumentos para disminuir el riesgo de invertir en la bolsa y para que haya más garantías. Eso se logra a través de los fondos de inversión y otros instrumentos.

Los fondos permiten diluir y dispersar el riesgo porque en vez de comprar una acción de una empresa o acciones de dos empresas, compro una participación en un fondo, o sea, un paquete diversificado, y ese fondo puede tener parte en 100 empresas: puede tener acciones, puede tener bonos, puede tener títulos valores emitidos por otras empresas, etc.

Si una de esas empresas quiebra o tiene pérdidas, pues no necesariamente el fondo va a tener pérdidas. Esos fondos pueden dedicarse a un solo tipo de empresas o a distintos tipos y hasta puede haber fondos que inviertan en otros fondos, lo que crea una dispersión mucho más grande del riesgo.

¿Qué otras modalidades contempla la ley?

Para que pueda haber un rápido movimiento de capitales, tiene que haber mecanismos de transacciones ágiles. En el sistema actual, todos los títulos, acciones y demás son físicos, son pedazos de papel, lo que dificulta por ejemplo vender una fracción de ellas, o si tengo mil acciones y quiero venderlas, tengo que endosarlas una por una, lo que es muy complicado, además que no permite la integración con otros mercados.

Esta ley tiene preferencia hacia la desmaterialización de los títulos, aunque siempre coexisten ambos mecanismos: los de papel y los electrónicos, que se transan vía computadora simplemente acreditándolos a una cuenta, lo que lo hace mucho más rápido y permite tener conexiones a nivel internacional.

¿Son seguros?

Son mucho más seguros que los de papel, que se pueden falsificar con una fotocopiadora a colores, un escáner o una imprenta. Ya hace unos años descubrimos una falsificación de CENIS en Guatemala.

Los electrónicos tienen más salvaguardas, sistemas de codificación que le dan mucha más seguridad. Nunca es ciento por ciento seguro, porque siempre hay genios informáticos que pueden hacer maravillas, pero no se necesita ser un experto para falsificar un título de papel.

¿A quiénes consultaron para elaborar el anteproyecto?

Hicimos consultas con la bolsa de valores, con la Asociación de Puestos de Bolsa, la SIP, la SIB, la Asociación de Bancos y expertos extranjeros. También hemos consultado las leyes de otros países.

Inicialmente el anteproyecto tenía mucha influencia de consultores españoles que trabajaban con nosotros, lo que le daba bastante influencia europea. Pero luego vimos que si queríamos integrarnos al ámbito centroamericano, teníamos que tener una ley que tuviera más armonía con las leyes centroamericanas, porque este es nuestro mercado natural.

Tomamos entonces algunos elementos de la ley europea, como la transparencia de los mercados, la información que se le tiene que dar al inversionista: ya que no podés garantizarle que no va a tener pérdidas, tenés que garantizarle que le estás dando información correcta, para que él pueda evaluar los riesgos.

No tomamos mucho de las leyes estadounidenses porque son muy complicadas..., y sí algo de la legislación centroamericana más reciente, como la de Costa Rica.

Novedades

¿Qué novedades contiene nuestra ley?

Esta ley tiene una novedad que no sabemos que esté en otras legislaciones de Centro América, aunque sí en otros países latinoamericanos. Me refiero a los fondos de titularización, que permiten convertir activos que uno tiene, en títulos.

Por ejemplo, si yo soy dueño de un centro comercial con 20 módulos y quiero construir otros 20 módulos, en vez de irme a un banco que talvez va a ser difícil, yo emito títulos que representan el flujo de activos que me produce esa inversión, y el que compra el título participa en esa renta, y es una forma barata de obtener recursos para el dueño del negocio.

¿Qué tan avanzado está el proceso de formación de la ley?

Esta es una ley bastante extensa: tiene más de 200 artículos, y es más compleja de lo que hemos hablado, porque sólo hemos explicado lo más esencial.

Todos estos instrumentos como los fondos de inversión, fondos de titularización, tienen cantidad de variedades y modalidades, porque son muy flexibles.

Además, estos fondos no son personas jurídicas, sino que son fondos administrados por una sociedad específica para cada caso. Cada sociedad puede administrar veinte, treinta fondos, por lo que no sería práctico que cada fondo fuera una persona jurídica.

A su vez, si una sociedad administradora quiebra, el fondo no quiebra porque están separados. En este caso, la Superintendencia asignaría ese fondo a otra sociedad para que lo siga administrando, y el inversionista no pierde.

La ley contempla medidas de protección al inversionista, de transparencia, la creación de sociedades calificadoras de riesgo, (que tienen carácter independiente), sociedades de custodia, etc., que en algunos casos, podrán ser ejercidas por entidades ya existentes, como los bancos.

La ley ya ha sido discutida por la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional, y aunque estuvo dormida mucho tiempo el año pasado, a finales del 2003 se realizaron algunas audiencias, de modo que ya se escuchó a la SIB, al BCN, la SIP y la Bolsa de Valores.

Hemos encontrado consenso en lo general y por lo que hemos visto, salvo algunos ajustes en la parte fiscal y en cuanto al lavado de dinero, no creo que haya atrasos para que se apruebe pronto.

Iván Olivares