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Inversiones en Bonos
Se expandirá mercado
de capitales
• BCIE inyecta recursos; Más
de 160 mil usuarios con una mora es insignificante;
Micros podrían captar recursos del público
Iván Olivares
La aprobación de una ley
de capitales en Nicaragua ofrecerá un marco legal
para el desarrollo de un mercado de bonos, títulos
y acciones que permita a los inversionistas contar con
una alternativa confiable ara invertir su dinero, a
la vez que ofrece a los empresarios una fuente de recursos
más baratos y abundantes que los que puede ofrecerle
la banca tradicional.
Aunque en el país ya opera
una incipiente industria de títulos valores,
la casi totalidad de sus transacciones se realiza con
papeles emitidos por el Estado, lo que limita su desarrollo,
a la vez que un mercado amplio —y seguro—
es requisito indispensable para que pueda asentarse
el negocio de administración de fondos de pensiones.
La ley —que está en
discusión en la Comisión de Asuntos Económicos
de la Asamblea Nacional— sustituirá al
limitado reglamento de bolsas de valores, que es muy
básico y en general sólo contiene los
requisitos para constituir una sociedad de bolsa, los
puestos de bolsa, los agentes de bolsa y la capacidad
de la superintendencia.
Juan José Rodríguez,
asesor legal del BCN, explicó que para desarrollar
un mercado de capitales se requiere otra clase de marco
legal que permita realizar una serie de actividades
y operaciones que no es posible emprender con el mínimo
marco legal que existe en este momento.
¿Por qué es importante
desarrollar un mercado de capitales en el país?
Un mercado de capitales no es más
que un mercado de dinero donde por un lado los inversionistas
pueden invertir, y por el otro, los empresarios y los
factores económicos pueden financiar sus proyectos.
Si en este momento uno quiere desarrollar
o ampliar un negocio, sólo tiene dos fuentes:
sus propios recursos o el financiamiento bancario y
éste último no es lo más idóneo
para financiar negocios nuevos, además que los
banqueros deben ser muy conservadores porque ellos trabajan
con dinero del público.
El financiamiento bancario es difícil,
es caro, es complicado de obtener, se requieren garantías;
por otro lado, muchas veces el empresario nacional o
extranjero no quiere arriesgar sus propios fondos, y
prefiere -aunque sea sólo en parte- conseguir
financiamiento en el país donde va a invertir.
El mercado de capitales permite
eso mediante la emisión de títulos, bonos,
y otros instrumentos de deuda, pero también ofrece
alternativas a quien quiere colocar su dinero. Hay que
recordar que ese mercado produce un mayor retorno de
la inversión que si lo deposita en un banco en
una cuenta de ahorro.
Para que se desarrolle ese mercado,
debe existir la posibilidad de que los pequeños
empresarios y los pequeños inversionistas puedan
acceder a él, lo que en la actualidad es imposible
porque si alguien quiere emitir acciones y colocarlas
en la bolsa, resulta que no es muy atractivo para un
inversionista comprar esas acciones porque no sabe si
la empresa va a tener éxito o no, y eso representa
un riesgo muy alto.
Bajar el riesgo
¿Y qué es lo que cambiaría
con la ley?
La ley crea instrumentos para disminuir
el riesgo de invertir en la bolsa y para que haya más
garantías. Eso se logra a través de los
fondos de inversión y otros instrumentos.
Los fondos permiten diluir y dispersar
el riesgo porque en vez de comprar una acción
de una empresa o acciones de dos empresas, compro una
participación en un fondo, o sea, un paquete
diversificado, y ese fondo puede tener parte en 100
empresas: puede tener acciones, puede tener bonos, puede
tener títulos valores emitidos por otras empresas,
etc.
Si una de esas empresas quiebra
o tiene pérdidas, pues no necesariamente el fondo
va a tener pérdidas. Esos fondos pueden dedicarse
a un solo tipo de empresas o a distintos tipos y hasta
puede haber fondos que inviertan en otros fondos, lo
que crea una dispersión mucho más grande
del riesgo.
¿Qué otras modalidades
contempla la ley?
Para que pueda haber un rápido
movimiento de capitales, tiene que haber mecanismos
de transacciones ágiles. En el sistema actual,
todos los títulos, acciones y demás son
físicos, son pedazos de papel, lo que dificulta
por ejemplo vender una fracción de ellas, o si
tengo mil acciones y quiero venderlas, tengo que endosarlas
una por una, lo que es muy complicado, además
que no permite la integración con otros mercados.
Esta ley tiene preferencia hacia
la desmaterialización de los títulos,
aunque siempre coexisten ambos mecanismos: los de papel
y los electrónicos, que se transan vía
computadora simplemente acreditándolos a una
cuenta, lo que lo hace mucho más rápido
y permite tener conexiones a nivel internacional.
¿Son seguros?
Son mucho más seguros que
los de papel, que se pueden falsificar con una fotocopiadora
a colores, un escáner o una imprenta. Ya hace
unos años descubrimos una falsificación
de CENIS en Guatemala.
Los electrónicos tienen
más salvaguardas, sistemas de codificación
que le dan mucha más seguridad. Nunca es ciento
por ciento seguro, porque siempre hay genios informáticos
que pueden hacer maravillas, pero no se necesita ser
un experto para falsificar un título de papel.
¿A quiénes consultaron
para elaborar el anteproyecto?
Hicimos consultas con la bolsa
de valores, con la Asociación de Puestos de Bolsa,
la SIP, la SIB, la Asociación de Bancos y expertos
extranjeros. También hemos consultado las leyes
de otros países.
Inicialmente el anteproyecto tenía
mucha influencia de consultores españoles que
trabajaban con nosotros, lo que le daba bastante influencia
europea. Pero luego vimos que si queríamos integrarnos
al ámbito centroamericano, teníamos que
tener una ley que tuviera más armonía
con las leyes centroamericanas, porque este es nuestro
mercado natural.
Tomamos entonces algunos elementos
de la ley europea, como la transparencia de los mercados,
la información que se le tiene que dar al inversionista:
ya que no podés garantizarle que no va a tener
pérdidas, tenés que garantizarle que le
estás dando información correcta, para
que él pueda evaluar los riesgos.
No tomamos mucho de las leyes estadounidenses
porque son muy complicadas..., y sí algo de la
legislación centroamericana más reciente,
como la de Costa Rica.
Novedades
¿Qué novedades contiene
nuestra ley?
Esta ley tiene una novedad que
no sabemos que esté en otras legislaciones de
Centro América, aunque sí en otros países
latinoamericanos. Me refiero a los fondos de titularización,
que permiten convertir activos que uno tiene, en títulos.
Por ejemplo, si yo soy dueño
de un centro comercial con 20 módulos y quiero
construir otros 20 módulos, en vez de irme a
un banco que talvez va a ser difícil, yo emito
títulos que representan el flujo de activos que
me produce esa inversión, y el que compra el
título participa en esa renta, y es una forma
barata de obtener recursos para el dueño del
negocio.
¿Qué tan avanzado está
el proceso de formación de la ley?
Esta es una ley bastante
extensa: tiene más de 200 artículos, y
es más compleja de lo que hemos hablado, porque
sólo hemos explicado lo más esencial.
Todos estos instrumentos
como los fondos de inversión, fondos de titularización,
tienen cantidad de variedades y modalidades, porque
son muy flexibles.
Además, estos fondos
no son personas jurídicas, sino que son fondos
administrados por una sociedad específica para
cada caso. Cada sociedad puede administrar veinte, treinta
fondos, por lo que no sería práctico que
cada fondo fuera una persona jurídica.
A su vez, si una sociedad
administradora quiebra, el fondo no quiebra porque están
separados. En este caso, la Superintendencia asignaría
ese fondo a otra sociedad para que lo siga administrando,
y el inversionista no pierde.
La ley contempla medidas
de protección al inversionista, de transparencia,
la creación de sociedades calificadoras de riesgo,
(que tienen carácter independiente), sociedades
de custodia, etc., que en algunos casos, podrán
ser ejercidas por entidades ya existentes, como los
bancos.
La ley ya ha sido discutida
por la Comisión de Asuntos Económicos
de la Asamblea Nacional, y aunque estuvo dormida mucho
tiempo el año pasado, a finales del 2003 se realizaron
algunas audiencias, de modo que ya se escuchó
a la SIB, al BCN, la SIP y la Bolsa de Valores.
Hemos encontrado consenso
en lo general y por lo que hemos visto, salvo algunos
ajustes en la parte fiscal y en cuanto al lavado de
dinero, no creo que haya atrasos para que se apruebe
pronto.
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