SEMANARIO DE INFORMACION Y ANALISIS POLITICO • AÑO 8• EDICION No. 375• DEL 8 AL 14 DE FEBRERO 2004
ECONOMIA

Las dos versiones del conflicto
El laberinto AGROINSA-INISER

• Agroinsa: “Deben pagar”; INISER: “Caso cerrado”; ¿Es posible un arbitraje?

Oliver Bodán

A las 10:31 de la mañana del domingo 7 de marzo de 1999, el turbogenerador número 2 del ingenio azucarero Victoria de Julio dejó de funcionar. Minutos después, el resto de generadores (dos) también lo hizo.

¿Cuáles fueron las causas? Las respuestas han mantenido sumamente ocupados al Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros (INISER) y a los representantes de AGROINSA por un período de cuatro años.

El fondo del problema es el pago de una millonaria póliza de seguros. Para INISER, el siniestro no estaba cubierto por el contrato; AGROINSA sostiene lo contrario.

En medio hay un proceso judicial plagado de vaivenes políticos, acusaciones y contraacusaciones, que este viernes pasó por otro capítulo cuando la Comisión de Régimen Disciplinario de la Corte Suprema de Justicia llamó a los magistrados de Apelaciones de la Sala Civil 1 para conocer una polémica sentencia que anuló todo lo actuado en el juicio.

Los magistrados Guillermo Estrada, Roberto Borge y Mario Barquero comparecieron ante esa instancia para explicar la resolución que anuló una sentencia de la propia Corte, lo que motivó airados reclamos de AGROINSA.

Agroinsa: deben pagar

De acuerdo al abogado de AGROINSA, Gregorio Pasquier, el caso no debería seguirse ventilando en los tribunales, ya que existe una sentencia definitiva a favor de su representado. Por lo tanto, el gobierno debería pagar 14 millones de dólares en concepto de seguro e intereses.

“No existe la posibilidad para INISER de que eso pueda revertirse, ya el caso está definitivamente ganado para AGROINSA y cualquier gestión o incidente sería para retrasar el juicio, tratando de evitar el pago. Al final pienso que van a tener que pagar más, porque los intereses van corriendo a razón de 2 mil dólares diarios”, aseguró.

El último round legal sucedió en el Tribunal de Apelaciones de Managua, cuando la Sala Civil Número 1 declaró nulas “todas las actuaciones procesales” del juicio. “Se dejan a salvo los derechos de la parte actora para hacerlos valer en la forma y vía correspondientes”, citó la sentencia.

Pero la misma sala emitió luego otra resolución, aclarando que la anterior “es solamente concerniente a los bienes del Estado que son inembargables”.

Para Pasquier esta contradicción deja mucho que desear. “Esa es una aclaración que hizo el tribunal, pienso que había errores legales de parte del tribunal, porque ellos no estaban facultados, lo que pasa es que lo hizo de oficio y saliéndose de los pedimentos que había hecho INISER”, argumenta.

“Es un fallo ultra petit, porque se salió de los límites de lo que podían hacer, no tenían facultades, ni atribuciones para dar ese fallo, por eso presentamos un recurso de casación”, detalló.

INISER: caso cerrado

Sin embargo, el asesor de la Presidencia de INISER, Isidro Oviedo, considera que el fallo de la Sala Civil 1 es más que suficiente para dar por cerrado el caso.

“Nosotros consideramos que este caso está concluido. La sentencia dictada por la Sala Civil 1 del Tribunal de Apelaciones, circunscripción Managua, declara nulo en forma absoluta desde el mandamiento en que la juez Vida Benavente manda a embargar bienes de INISER y posteriormente proceder a una subasta”, señala Oviedo.

El representante de INISER no ve mayores problemas en la sentencia aclaratoria del Tribunal. Y expone sus argumentos: “Es bien importante tener este concepto perfectamente definido, una sentencia aclaratoria no puede reformar la sentencia anterior, lo que hace es aclarar lo que dice la sentencia anterior. Eso de acuerdo con la ley, de acuerdo el Código Procesal Civil de Nicaragua: una aclaración no puede modificar una sentencia”.

¿Bienes son embargables?

Según Pasquier, una solución para poner fin al conflicto es entregar las propiedades de INISER que están bajo proceso de embargo. “Que nos entregue los bienes INISER una vez que se confirme la subasta y la adjudicación a AGROINSA, pero como está pendiente una apelación, cuando el tribunal se pronuncie sobre eso vamos a pedir a INISER que nos los entregue”, afirma Pasquier.

Pero sobre este tema existe una verdadera polémica. ¿Pueden embargarse los bienes del Estado? Para AGROINSA, la ley es clara al respecto.

“El artículo XIII de Ley Creadora de INISER, dice que las operaciones del Instituto estarán garantizadas con su capital inicial, patrimonio y reservas y, además, con la garantía y responsabilidad plena del Estado. De aquí se deriva de una forma meridiana que INISER tiene los bienes para responder por sus operaciones”.

En la otra acera, el razonamiento es diametralmente opuesto. Oviedo cita la ley del 27 de febrero de 1913: “Ningún Tribunal de la República podrá exigir fianza, ni dictar, ni ejecutar providencias de embargo contra las rentas, bienes o caudales del Estado”.

Comisión Disciplinaria no ha cerrado caso

Ninguna amonestación o remoción. Los miembros de la Comisión de Régimen Disciplinario de la Corte Suprema de Justicia escucharon la versión de los magistrados Guillermo Estrada, Roberto Borge y Mario Barquero sobre la polémica sentencia que anuló todo lo actuado en el juicio AGROINSA-INISER.

Según el magistrado Edgar Navas, miembro de la Comisión, no hubo “aclaraciones”, pues “expresaron lo que tuvieron a bien y la Comisión continúa viendo el expediente”.

“El caso no está cerrado. No había ningún propósito de sentarlos en el banquillo de los acusados. No se trata de quedar satisfechos, se trata de darle a ellos la oportunidad de expresarse”, manifestó Navas.

En la opinión del magistrado Rafael Solís, también miembro de la Comisión de Régimen Disciplinario, la plática con Estrada, Borge y Barquero fue “muy franca”.

“Expresamos nuestros criterios claramente. El punto fundamental fue si la sentencia anuló o no la sentencia de la CSJ. Hay que revisar el expediente, la sentencia, si mediante una apelación del embargo se puede anular la sentencia de la Corte”, indicó.

Solís afirmó que “efectivamente ellos (INISER) litigaron mal”, al no presentar la documentación necesaria en el juicio (un poder de representación). Y concluyó: “Hay 3 recursos de la Sala Civil de la Corte en el sentido de que INISER perdió y tiene que pagar”.

Oliver Bodán