SEMANARIO DE INFORMACION Y ANALISIS | AÑO 7| No.317| DEL 24 AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2002

Columnista invitado
El cierre de las salas
de la Propiedad

Derecho de propiedad y el estigma de la “justicia rojinegra”

 
Roberto Larios*  

La decisión de la Corte Suprema de Justicia de cerrar tres de las cuatro Salas de la Propiedad que existían en Matagalpa, León y Managua, ha vuelto de pronto a colocar sobre el tapete de la discusión el eterno “problema de la propiedad”.
Y lo pongo así, entre comillas, porque hace ya largo rato que esa descripción tan simple acabó convirtiéndose en un cliché, en una frase trillada que no refleja la dimensión actual de este conflicto, surgido a lo largo de los años 80 y resuelto a lo largo de los noventa.

Las Salas de la Propiedad fueron creadas por el artículo 69 de la Ley 278, “Ley sobre Propiedad Reformada Urbana y Agraria”, promulgada por el ex presidente Arnoldo Alemán el 12 de diciembre de 1997. Fueron creadas como tribunales de segunda instancia dependientes de los Tribunales de Apelaciones y la Corte, en cumplimiento de la ley y con apoyo de la cooperación externa, creó dos en Managua, una en León y otra en Matagalpa.

Las Salas surgieron en medio de una gran contradicción entre lo real y lo supuesto, pues mientras la Asociación de Confiscados pregonaba la existencia de más de siete mil casos de propiedades confiscadas pendientes de solución, los registros oficiales de casos presentados ante los tribunales de todo el país, no llegaban a más de 700. Es decir, apenas un diez por ciento de los supuestos casos existentes en los archivos de la Asociación de Confiscados.

Por eso no es de extrañarse que en tres años de funcionamiento de las Salas, únicamente cien casos hayan sido presentados ante ellas. Es más, el hecho de que en el año 2000 —el año en que fueron abiertas— sólo 33 injustamente confiscados hayan llevado sus casos ante las Salas, pone en evidencia una de dos posibilidades: o no había tal “problema de la propiedad” o no había interés de parte de los supuestos afectados para buscar una salida legal al conflicto.

Antes de escribir este artículo, me encontré con mi amigo Luis Raúl Cerna hijo, con quien estuve comentando la situación. Y como sé que la opinión de don Luis Raúl Cerna padre es muy autorizada en el tema, le pregunté:

—Hombré, ¿y qué piensa Don Raúl del cierre de las Salas de la Propiedad?

—Nosotros creemos que están bien cerradas; para la cantidad tan pequeña de casos que se estaban tramitando, mejor que la plata se gaste en otra cosa”, fue la respuesta.
La Corte Suprema de Justicia y organismos como el BID invirtieron casi diez millones de córdobas en acondicionar las Salas de la Propiedad (muebles, edificios, etcétera) y en pagar salarios a los Jueces que las integraban durante tres años. Con una operación de matemática simple en relación a los casos tramitados nos damos cuenta que fue dinero mal invertido. No en balde el cierre de las Salas cuenta con el respaldo de los organismos internacionales.

En mi opinión, el “problema de la propiedad”, visto como el gravísimo conflicto creado por la revolución al confiscar a unos y beneficiar a otros con propiedades que ya tenían dueño, abusiva o justamente, según el caso, ya no existe. Al menos, en las dimensiones en que algunos todavía pretenden situarlo. La verdad es que veinte años después, miles de propiedades han sido legalizadas en estricto derecho, otras miles han sido indemnizadas, otras recuperadas y otras, hay que decirlo, perdidas para siempre. Esa es la realidad, nos guste o no reconocerlo.

Por otra parte, conviene analizar otros detalles de la información servida por los diferentes medios de comunicación a propósito del cierre de las Salas de la Propiedad. Por un lado, la decisión se toma estando la Corte Suprema en manos de una Presidenta sandinista, y por otro, fuentes anónimas comentan que en el Poder Judicial “el ochenta por ciento de los jueces son sandinistas”, como si no hubieran además jueces liberales y conservadores.

¿Y cuál es el pecado de que un juez sea afin al sandinismo? ¿Acaso no establece claramente la Constitución Política el derecho de cada quien a profesar el credo político de su preferencia, sin temor a sufrir discriminación por ello? Yo como funcionario público, en un cargo no político, me debo a mis obligaciones profesionales. Fuera de mi centro de trabajo tengo el derecho a hacer vida política en el partido que se me antoje.

Ahora, si de justicia rojinegra se trata, recordemos que son precisamente los jueces sandinistas quienes actualmente prestigian con sus actos a la justicia nicaragüense. ¿Quién se atreve a estas alturas a poner en tela de duda la capacidad y la honestidad de la doctora Gertrudis Arias, casi elevada a la categoría de heroína nacional?; o más recientemente a la doctora Juana Méndez, célebre por el juicio de la “guaca”? O vayámonos más atrás y recordemos el paso por los tribunales de primera instancia de la doctora Martha Quezada, ahora magistrada del Tribunal de Apelaciones, cargo ganado a puro pulso y no con padrinazgos partidarios.
Pongo estos tres botones por ejemplo. En todos estos casos estamos hablando de juezas que nunca han negado sus simpatías por el sandinismo y que con su actuación profesional prestigian al Poder Judicial.

Y qué decir de la nueva Presidenta de la Corte, electa con un respaldo popular abrumador, que ya lo quisieran muchos políticos. ¿Es descalificable la doctora Alba Luz Ramos sólo por su condición de sandinista? Juzgue usted, estimado lector.

*Abogado. Ex vocero de la Corte Suprema de Justicia