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OJO
DE MUJER
De
géner@s y arrobos
Lillian
Levi
En español, la estructura del género gramatical es tan rígi- da, excluyente
y perversa como en el orden político mis- mo. Requiere de elementos diferenciadores
que, al conjugarse en el orden sintáctico de la lengua, no se articulan
con suficiente claridad, o bien, exigen un alto cumplimiento de tecnicismos
que atentan contra la economía del acto lingüístico, y por ende, resultan
rechazados por el sentido común.
Recordemos que el uso es el soberano absoluto de cada idioma. De modo
que si una forma no conviene al uso diario y común, será rechazada a diario
y en común. En cuestiones de uso de un idioma no hay ciencia ni censura
ni academia que valgan. Lo que, por supuesto, no anula las funciones de
la ciencia y la academia.
Viene al caso que ante la necesaria visibilización del género femenino
como sujeto social del lenguaje, se ha incurrido en la utilización del
signo @ para significar ambigüedad de género, lo que nos conduce a las
siguientes consideraciones sobre su uso y significación.
En tanto signo agregado a los demás signos de la lengua, presenta un primer
problema: carece de valor fonético, por tanto, nadie sabe cómo pronunciarlo.
Además, puesto que no corresponde a ninguna forma de género conocida,
se convierte en basura gráfica y en un adefesio semántico.
Un segundo problema estriba en la estructura morfosintáctica misma del
género gramatical, puesto que en español el género puede ser neutro, ambiguo,
común o epiceno, además de masculino o femenino. Lo que nos llevaría,
al momento de aplicar un mínimo de rigor en su utilización, a peliagudas
disquisiciones en el terreno de la lingüística, la filología y la filosofía.
De hecho, nos llevaría de lleno al meollo de la filosofía política, para
poder llegar a un consenso acerca de la atribución que compete a cada
caso. Lo que, obviamente, atenta contra la economía del lenguaje y del
pensamiento, en razón de que la convención arbitraria —una de las características
del signo lingüístico— está dada por el uso habitual y cotidiano, y a
su vez, el uso habitual y cotidiano de un término está determinado por
su eficacia expresiva, requisito éste que no se cumple ni con la arroba
ni con las formas abundantivas de diferenciación de género —las engorrosas
las/os, el/la, etc—.
Está muy claro que aspiramos a una plena equidad de género como valor
indispensable para un mínimo común de salud y bienestar social. Y que
esa equidad debe plasmarse en la realidad viva del lenguaje, por ser el
lenguaje en sí mismo instrumento y producto de la cultura, del pensamiento,
de la sociedad. Tal equidad se llama equifonía, es decir, que uno y otro
género suenan y valen por igual en el discurso social.
Pero la equifonía tan buscada no se resuelve con la adición de un mero
signo que a lo sumo añade una intención de ambigüedad a nuestros enunciados
y que no cumple con el propósito de visibilizar al género femenino. Más
bien al contrario: añade complicaciones ineludibles y estériles.
Por ejemplo, las suscitadas por la concordancia de género y número que
debe regir entre sujeto (o sustantivo) y sus respectivos complementos
adjetivales y pronominales. Lo que nos obliga a recurrir a formas macarrónicas,
cuando no abusivas, que serán rechazadas sin más por el sentido común
del conglomerado de hispanohablantes.
El problema de la representatividad del género femenino en el lenguaje
—y más en el caso específico de la lengua española— no es fácil de resolver,
y no seré yo, ni organismo ni academia alguna quien lo resuelva, porque
serán los hablantes quienes decidirán si adoptan o no unas u otras formas
de expresión.
Forzar la representatividad mediante signos no lingüísticos o sintaxis
reiterativas y farragosas nos agrega problemas gramaticales sin resolvernos
el problema medular de representar a ambos géneros. Caeríamos en trabalenguas
como aquel de la arzobispa de Constantinopla se quiere desconstantinopolizar,
etc.
En asuntos del idioma nadie es profeta, como tampoco hay profetas en política.
Y éste es ciertamente un asunto político, puesto que se trata de un problema
de designación y representatividad, de atributos y funciones en un ámbito
público, como es el lenguaje.
Sin embargo, cabe pensar que una posible —aunque improbable— solución
de equifonía sería asumir al género masculino como sujeto implícito en
las formas sintácticas femeninas, de la misma manera que se ha asumido
desde siempre que las formas masculinas implican a ambos géneros.
Sería muy salomónico decir “la historia de la Mujer” implicando que es
la historia de hombres y mujeres. Pero ¿se consideran representados los
varones en esa enunciación? La mayoría responderá que no, y con ello,
se invalida la intención de equifonía, de la misma manera que el conglomerado
de las mujeres en tanto sujeto social sigue quedando en déficit de representatividad
al no considerarse ellas representadas en el colectivo universalizante
“el Hombre”.
Dicho de otro modo, si durante siglos hemos aceptado la universalización
de las formas masculinas como género absoluto, no hay ninguna razón objetiva
para no aceptar la feminización del género masculino como sujeto implícito
en el colectivo femenino, porque “lo que es bueno para el ganso es bueno
para la gansa”. Sin embargo, caeríamos en otro adefesio semántico, y el
déficit de representatividad seguiría igual, pero en otro lado.
La inequidad entre los sexos no se resuelve, pues, con la adición de signos
vacíos o fórmulas verbales macarrónicas. El desafío en el orden lingüístico
es el mismo que en el orden social. No basta con sentar a una o a cien
mujeres en las estructuras decisorias del poder. Se trata de modificar
la mentalidad, el pensamiento, el orden social, la realidad entera, y
al modificar la realidad social se modificarán sus expresiones verbales.
La tarea es de todos y de todas.
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